Terapias naturales ¿Es obligatorio darse de alta en hacienda?
Terapias naturales ¿Es obligatorio darse de alta en hacienda?
Para quien se encuentra en el área laboral como autónomo le suele aparecer la duda de: ¿Es obligatorio darse de alta en hacienda? es sin duda una de las cuestiones más consultadas a nuestros docentes y en nuestra escuela de terapias naturales.
Genera dudas habitualmente entre los nuevos emprendedores del sector de las terapias naturales tanto a la hora de iniciar su actividad dentro de las terapias naturales por cuenta propia, una vez finalizado su curso o cursos de terapias naturales o cursos de terapias alternativas después de haber trabajado ya en el sector durante x tiempo.
¿A partir de qué momento existe la obligación de darse de alta como autónomo?
Existen al respecto diferentes opiniones
Cuando debe un emprendedor sea o no de las terapias naturales darse de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA):
1-La obligación de darse de alta se origina desde el momento de la puesta en marcha de la actividad.
2-En el momento en que se comienza a facturar.
3-Cuando se obtienen una cantidad determinada de ingresos económicos.
Normativa vigente
La Ley 20/2007 de 11 de 07 del Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA), esta ley establece en España una serie de requisitos los cuales conllevan a la inclusión automática en este citado régimen. El artículo 1.1 dice textualmente “será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena”.